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Glosario de trabajo

Las palabras que ordenan la mesa y la norma

Catorce términos para leer crónicas históricas, reglamentos y plataformas sin confundir un juego con la institución que lo administra.

A—C

Apuesta

Cantidad arriesgada sobre un resultado sujeto a reglas. Puede corresponder a una mesa, una máquina o un evento deportivo.

Banca

Parte que recibe y paga apuestas según las reglas. No siempre designa una persona: puede ser el propio casino.

Casino

Establecimiento o categoría de juegos de azar regulados. En línea, el término no implica la existencia de un edificio.

Crupier

Persona que conduce una mesa, recibe apuestas y aplica el procedimiento del juego. No decide el resultado.

D—L

Dominio .bet.ar

Zona de internet destinada a sitios de apuestas autorizados en Argentina. Es una señal de control, no una licencia nacional independiente.

Juego en línea

Oferta remota de juegos mediante una cuenta identificada. Su legalidad depende de la jurisdicción del jugador y de la autorización del operador.

Licencia

Permiso administrativo para explotar determinados juegos bajo condiciones concretas. En Argentina suele tener alcance provincial o porteño.

O—R

Operador

Entidad autorizada para explotar juegos. Puede ser distinta del organismo estatal que regula o conserva la titularidad de la lotería.

Punto y banca

Juego de cartas que compara dos manos denominadas punto y banca. El participante apuesta al resultado; no elige cómo se forman las manos.

Retorno teórico

Proporción matemática calculada sobre una gran cantidad de partidas. No anticipa cuánto recuperará una persona en una sesión.

Ruleta

Juego de mesa basado en una rueda numerada y una bola. Sus probabilidades cambian según la variante y la cantidad de ceros.

S—T

Sala de juego

Espacio físico autorizado para explotar uno o más juegos. Puede integrar un casino o funcionar bajo otra denominación administrativa.

Tragamonedas

Máquina física o juego digital que presenta combinaciones de símbolos. El resultado no se vuelve predecible por observar premios anteriores.

Titularidad estatal

Principio por el cual el Estado conserva el control jurídico de ciertos juegos o loterías. La operación concreta puede concederse a privados.